Factura electrónica B2B: la otra obligación que viene después de VeriFactu

Qué cambia, a quién afecta y cuándo será obligatoria para clínicas dentales, estéticas y de fisioterapia.

Si ya te has puesto al día con VeriFactu, es buen momento para conocer la siguiente normativa que va a afectar a tu clínica: la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (B2B), dentro de la Ley Crea y Crece. Son dos normativas distintas, con objetivos distintos, y conviene no mezclarlas para no perderse con los plazos.

VeriFactu vs. factura electrónica B2B: no es lo mismo

Es la confusión más habitual, así que vamos a aclararla primero:

  • VeriFactu controla el software con el que emites tus facturas, para que Hacienda pueda verificar que no se ocultan ingresos. Nace de la ley antifraude.
  • La factura electrónica B2B regula la relación comercial entre empresas y profesionales: obliga a que las facturas entre negocios se emitan en un formato digital estructurado (no un PDF cualquiera), y a que el destinatario informe si la acepta, la rechaza o la paga. Nace de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022).

Dicho de forma simple: VeriFactu vigila cómo generas la factura; la factura electrónica B2B regula cómo se la envías a otro profesional y qué información viaja con ella.

Si lo que necesitas es entender la primera —qué modalidades tiene, qué debe cumplir tu programa y qué sanciones hay—, empieza por VeriFactu: qué significa para tu clínica dental, estética o de fisioterapia.

¿Le afecta esto a mi clínica?

Aquí hay un matiz importante: la factura electrónica B2B se aplica cuando facturas a otra empresa o profesional, no a particulares. Es decir:

  • Si facturas a un paciente particular, esta normativa no te afecta directamente para esa factura.
  • Si facturas a otra clínica (por ejemplo, eres un fisioterapeuta que factura sus servicios a un centro), a un laboratorio dental, a un proveedor que a su vez te facture a ti, o a cualquier otro profesional o empresa, esas facturas sí entran dentro de la obligación.

Muchas clínicas dentales y centros de estética trabajan con laboratorios, proveedores de material, colaboradores externos (higienistas, especialistas que facturan por su cuenta)... todas esas relaciones B2B quedarán sujetas a la nueva normativa.

Fechas: todavía sin confirmar del todo, pero con horquilla clara

A diferencia de VeriFactu, aquí el calendario depende de un paso intermedio que todavía falta: la publicación de una Orden Ministerial que desarrolla los aspectos técnicos. El Real Decreto 238/2026 ya está publicado, pero los plazos concretos no empiezan a contar hasta que esa orden entre en vigor. Una vez lo haga:

  • 12 meses después, para empresas y profesionales con facturación superior a 8 millones de euros al año.
  • 24 meses después, para el resto de empresas y autónomos — aquí entra prácticamente cualquier clínica dental, centro de estética o fisioterapeuta.

Con las previsiones actuales, esto sitúa la obligación para la mayoría de clínicas en algún momento de 2028, aunque conviene seguir la actualidad porque la fecha exacta depende de cuándo se publique esa Orden Ministerial.


¿Qué cambia en la práctica?

Formato de la factura

Deja de valer un PDF cualquiera. Debe ser un formato estructurado (UBL, Facturae, CII o EDIFACT) que un ordenador pueda leer y procesar automáticamente.

Envío a través de plataformas

Las facturas B2B se emitirán a través de una plataforma privada (tu software de gestión) o de la solución pública gratuita de la Agencia Tributaria.

Comunicación del estado

Quien recibe la factura tendrá que informar si la acepta, la rechaza, y cuándo la paga efectivamente.

Menos morosidad

Hacienda tendrá visibilidad real sobre los plazos de pago entre empresas, con el objetivo de reducir la morosidad comercial.

¿Qué puede hacer tu clínica ya, aunque falte tiempo?

  1. No lo mezcles con VeriFactu. Son obligaciones distintas y es fácil pensar que ya está todo cubierto por tener el software adaptado a VeriFactu. Pregunta específicamente a tu proveedor si su plan incluye también la factura electrónica B2B.
  2. Identifica tus relaciones B2B habituales: laboratorios, proveedores, colaboradores externos. Son las facturas que se verán afectadas.
  3. No hay prisa por implementarlo ya, dado que ni siquiera ha empezado a contar el plazo, pero sí conviene tenerlo en el radar para cuando llegue el momento de renovar o elegir software de gestión de clínica: mejor un programa preparado para ambas normativas que tener que cambiar de sistema dos veces.

En resumen

La factura electrónica B2B es la "siguiente ola" normativa después de VeriFactu, pero con un enfoque distinto: no vigila tu software, sino cómo facturas a otros negocios. Para la mayoría de clínicas dentales, estéticas y de fisioterapia, el plazo real de aplicación llegará probablemente en 2028, así que hay tiempo de sobra para prepararse sin agobios — pero conviene empezar a familiarizarse con el concepto ahora, para no encontrarte con dos normativas nuevas a la vez cuando llegue el momento.

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